Nueva York — Ley de Agencia (RPL §443) — Bienes Raíces de Nueva York — Ley Estatal en Español
22 preguntas en este tema · 22 elegidas al azar esta vez
Según RPL §443, ¿cómo se define un "agente dual" (dual agent) en Nueva York?
Progreso de Sesión
Este set de práctica de Nueva York — Ley de Agencia (RPL §443) para Bienes Raíces de Nueva York — Ley Estatal tiene 22 preguntas de práctica basadas en el material oficial del examen, con explicación inmediata.
Preguntas de ejemplo
Tres preguntas del banco de Nueva York — Ley de Agencia (RPL §443) con la respuesta correcta y su explicación. La práctica de arriba toma 22 preguntas al azar del mismo banco.
Según la Ley de Propiedad Inmobiliaria §443 de Nueva York, ¿qué significa "agente" a efectos de la ley de divulgación de agencia?
- Un corredor, corredor asociado o vendedor con licencia de NY que actúa en capacidad fiduciaria — Respuesta correcta
- Cualquier persona que organice una transacción inmobiliaria, tenga o no licencia
- Solo el corredor principal que posee la licencia de la firma
- Un abogado que revisa el contrato de compra para una parte
Explicación: ¿Por qué? §443(1) define "agente" como una persona con licencia de corredor, corredor asociado o vendedor de bienes raíces bajo §440-a que actúa en capacidad fiduciaria. Lo definitorio es la relación fiduciaria, no solo tener licencia. Agent (agente): corredor/corredor asociado/vendedor con licencia de NY que actúa en capacidad fiduciaria (§443(1)). Fuente NY: RPL §443(1).
Manual: New York Law of Agency — definition of agent (RPL §443(1))
Según RPL §443, ¿qué relación de agencia hace que el agente deba lealtad indivisa y plenos deberes fiduciarios al vendedor?
- Agente del vendedor — Respuesta correcta
- Agente del comprador
- Agente dual
- Agente del corredor
Explicación: ¿Por qué? Un agente del vendedor es un agente de listado (o uno que coopera con él, como subagente o agente del corredor) contratado para encontrar un comprador; el vendedor es el principal a quien debe lealtad indivisa y deberes fiduciarios. Seller's agent (agente del vendedor): representa al vendedor y le debe plena lealtad fiduciaria (§443(1)). Fuente NY: RPL §443(1).
Manual: New York Law of Agency — seller's agent (RPL §443(1))
Según RPL §443, un agente de NY que contrata para localizar una propiedad residencial para un comprador, presenta la oferta del comprador y negocia en su nombre actúa como ¿qué tipo de agente?
- Agente del comprador — Respuesta correcta
- Agente del vendedor
- Corredor de transacción que no representa a ninguna parte
- Agente del corredor contratado por el agente de listado
Explicación: ¿Por qué? §443(1) define al agente del comprador como quien contrata para localizar propiedad residencial para un comprador (o encuentra un comprador y presenta una oferta) y negocia en nombre del comprador; el comprador es el principal. Buyer's agent (agente del comprador): representa al comprador y negocia en su nombre (§443(1)). Fuente NY: RPL §443(1).
Manual: New York Law of Agency — buyer's agent (RPL §443(1))